Pasar al contenido principal

Noticia del Blog

Contratos abiertos: qué son y cómo sacarles el máximo provecho

Conoce las claves para gestionar contratos abiertos de forma eficiente, transparente y adaptada a las necesidades del servicio público.
Fecha
5 Julio 2025
Categoría
¿Qué contiene?

El procedimiento abierto es el más habitual y utilizado por las Administraciones Públicas para adjudicar contratos, y está regulado en el artículo 156 y siguientes de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP). Se caracteriza porque todo empresario o persona interesada puede presentar una oferta, siempre que cumpla los requisitos exigidos en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, sin que exista una fase previa de selección ni posibilidad de negociación con los licitadores. Este procedimiento garantiza la transparencia y la libre concurrencia, ya que abre la puerta a un mayor número de posibles licitadores. Asimismo, favorece la objetividad y la igualdad de trato, ya que todas las ofertas se valoran teniendo en cuenta criterios previamente definidos, sin posibilidad de modificar propuestas ni negociar.

Existen dos variantes: el procedimiento abierto (artículos 156 a 158 de la LCSP) y el simplificado (regulado en el artículo 159 de la LCSP). En el procedimiento abierto, la publicidad de la licitación es fundamental para garantizar el acceso de todos los licitadores interesados. En algunos casos, puede publicarse un anuncio de información previa conforme al artículo 134 de la LCSP, lo que permite anticipar las futuras licitaciones, especial y obligatoriamente de los contratos sujetos a regulación armonizada (SARA), y reducir así los plazos de presentación.dos personas dandose la mano en señal de negociación

El artículo 135 de la LCSP regula el anuncio de licitación, que debe publicarse obligatoriamente en el perfil de contratante, y en Boletín Oficial del Estado (BOE) cuando se trate de contratos promovidos por la Administración General del Estado. En el caso de contratos SARA, también será necesaria su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

Durante el plazo de presentación de ofertas, los licitadores deberán remitir sus ofertas exclusivamente a través de medios electrónicos, y cada empresa podrá presentar una sola propuesta. Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas, se analizará la documentación administrativa presentada por los licitadores, para posteriormente proceder al examen y valoración de las ofertas admitidas y efectuar la propuesta de adjudicación, según lo previsto en el artículo 157 de la LCSP. En el caso de que existan ofertas anormalmente bajas, debe tramitarse el procedimiento regulado en el artículo 149 de la LCSP.

Finalizada la valoración de las ofertas, la mesa de contratación formulará una propuesta de adjudicación al órgano de contratación. Esta se basará única y exclusivamente en la puntuación obtenida, una vez aplicados los criterios de adjudicación. Tal como establece el artículo 157.6 de la LCSP, esta propuesta no genera derecho alguno a favor del licitador propuesto, y en caso de que el órgano de contratación decidiera no continuar con la adjudicación, deberá motivar debidamente esta decisión.

Este procedimiento garantiza la transparencia y la libre concurrencia, ya que abre la puerta a más licitadores.

La adjudicación del contrato deberá producirse de los plazos previstos en el artículo 158 de la LCSP: cinco días hábiles si solo se valora el precio, y quince días si existen varios criterios de adjudicación. Si el contrato no se adjudica dentro de estos plazos, los licitadores podrán retirar su oferta sin imposición de penalidades y recuperar la garantía depositada.

Una de las principales ventajas del procedimiento abierto es que promueve una contratación más abierta y transparente. Al facilitar el acceso a cualquier interesado, especialmente pequeñas y medianas empresas (pymes), se garantiza el cumplimiento de uno principios fundamentales de la contratación recogidos en el artículo 1 de la LCSP, fomentando la participación de las empresas y el principio de libre competencia. 

En conclusión, para tramitar correctamente el procedimiento abierto, lo más importante es preparar y planificar el contrato adecuadamente, analizar correctamente las necesidades del órgano de contratación, estudiar el mercado y definir plazos y requisitos o criterios razonables.  Además, es fundamental redactar correctamente los pliegos y definir criterios de adjudicación claros, que garanticen la máxima objetividad, sin olvidar que deben estar siempre vinculados al objeto del contrato.  Esto permite evaluar correctamente las ofertas y seleccionar la oferta económicamente más ventajosa, basada en la mejor relación calidad-precio. Como este procedimiento está abierto a cualquier empresario que cumpla los requisitos, puede atraer a más licitadores y conseguir mejorar los precios y la calidad del contrato.